Muchas residencias de ancianos en California no están informando a los familiares o pacientes de la exposición a COVID-19. Aquí hay una lista activa de los hogares de ancianos que han reportado uno o más casos de COVID-19 (tenga en cuenta que puede haber más hogares de ancianos o centros de vida asistida que no han informado): https://www.cdph.ca.gov/COVID-19/
Nuestros abogados sabemos que los residentes de hogares de ancianos y hogares de vida asistida son algunas de las poblaciones más vulnerables de California y nuestra misión es abogar por sus derechos. Desde enero de 2020, el Departamento de Salud Pública de California ha emitido varios memorandos de orientación para hogares de ancianos que deben seguirse con el fin de evitar una mayor propagación de COVID-19 en hogares de ancianos.
Si un ser querido se ha visto afectado por COVID-19 mientras se encontraba en una residencia de ancianos o en un centro de vida asistida, por favor Contacto para discutir las opciones legales.
Hay muchas razones por las que COVID-19 puede estar propagándose a un ritmo elevado dentro de la red de residencias de ancianos y centros de vida asistida de California, entre las que se pueden incluir:
Recuerde, es el DEBER de la institución prevenir el brote de enfermedades infecciosas dentro de la institución. Si su familiar contrajo el virus COVID-19 mientras se encontraba en una residencia de ancianos o en un centro de vida asistida, contacto uno de nuestros abogados para discutir posibles acciones legales.
Existen varias leyes que pueden hacer penalmente responsables a los centros de asistencia y enfermería, sin embargo, corresponde a los abogados del gobierno hacer cumplir las leyes penales.
Civilmente, California tiene varias leyes que pueden ayudar a responsabilizar a un centro de ciertos actos negligentes que conduzcan a la propagación del COVID-19. Las principales normas están contenidas en el Código de Bienestar e Instituciones de California. Bajo este código, una instalación puede ser considerada responsable si son negligentes con la salud de los residentes. La obligación más importante en virtud de esta sección es que los centros deben proteger a los residentes de los peligros para la salud y la seguridad.
El brote de COVID-19 no tiene precedentes, lo que significa que los centros deben extremar las precauciones para evitar brotes. Si cree que un centro en el que reside un ser querido no está tomando las medidas suficientes para proteger a su familiar del COVID-19, contacte con uno de nuestros abogados.
Perder a un ser querido es completamente devastador. Nuestros abogados están entrenados en la empatía y pueden ayudarle a navegar por todas las opciones legales. Nuestro compromiso es:
Los tipos de indemnización por la muerte por negligencia de un ser querido se encuentran en el Código de Procedimiento de California § 377.61. El estatuto según lo interpretado por varios casos en el tiempo encuentra que, dependiendo del caso, puede haber compensación por:
Si un miembro de la familia presenció el abuso o la negligencia y sufrió angustia emocional como resultado, las reclamaciones por "imposición negligente de angustia emocional" en su nombre podrían ser apropiadas y deben ser investigadas por un abogado.
En los casos de maltrato de ancianos, puede solicitarse una indemnización adicional por los honorarios del abogado y el dolor y sufrimiento del difunto antes de su muerte, en virtud del artículo 15657(a) del Código de Bienestar e Instituciones.
En California, sólo ciertos miembros de la familia pueden presentar una demanda por la muerte por negligencia de otro. Aunque cada caso es diferente, los siguientes miembros de la familia pueden tener una reclamación por muerte injusta: cónyuges, hijos, padres y hermanos. Hay algunas excepciones, si usted tiene preguntas acerca de si puede o no presentar una demanda por muerte injusta, póngase en contacto con nuestro bufete y pregunte directamente a un abogado.
Nuestra firma trabaja en base a contingencia para demandas de abuso de ancianos, esto significa que su familia no pagará nada hasta que haya recuperación monetaria. Esto significa que Corrales Law Group pagará todos los costos iniciales de las investigaciones, la contratación de expertos, la retención de todos los registros médicos, etc.
Muchas áreas en California están bajo órdenes de permanecer en casa. Nuestros abogados quieren que las familias permanezcan seguras y se han trasladado a una plataforma totalmente digital. Nuestros abogados ofrecen consultas a través de reuniones de Zoom, Facetime, Skype y teléfono. Todos los documentos pueden ser firmados fácilmente por correo electrónico a través de DocuSign. Póngase en contacto con nosotros para concertar una consulta hoy mismo.
Los campos marcados con un "*" son obligatorios
"*" indica los campos obligatorios